43 personas han sido intervenidas por pintadas en la vía pública
Policial 11:00

43 personas han sido intervenidas por pintadas en la vía pública

La aplicación de la reflotada y olvidada ley de faltas en Uruguay a partir de agosto con algunos ajustes en su articulado va teniendo un resultado más bien escaso si se pudiera contabilizar cuántas personas debieron cumplir tareas comunitarias por hacer cosas que en otros tiempos eran limitadas por el buen gusto, el respeto a los demás y por uno mismo. En Maldonado van 43 detenidos sólo por enchastrar paredes y bienes.

La Jefatura de Policía de Maldonado entendió conveniente divulgar este viernes que en lo que va del año fueron detenidas en el departamento 43 personas encontradas en flagrante acción de enchastrar bienes públicos y privados con pintadas que los autores denominan grafitis.

Del total de detenidos 26 eran mayores de edad, y 17 menores de 18 años. El parte policial agrega que se dio “intervención a la Justicia competente en todos los casos referidos”, lo que suena además de a rendir cuentas a la sociedad, a tratar de evitar que la divulgación de estas cifras pueda ser interpretada como una presión sobre el Poder Judicial y sus representantes en Maldonado, los magistrados.

Las personas detenidas en actos de pintadas que ensucian paredes, carteles de publicidad o información pública, refugios peatonales, y cualquier otro bien público y privado que entiendan que pueden “intervenir”, como se denomina en la jerga de quienes se dedican a estos menesteres, deber ser sometidas a un dictamen judicial que determine cuándo su acción se convierte en delito punible por el Código Penal, y cuándo por la renovada ley de faltas.

En los juzgados de Montevideo se han pasado a ocho personas por acciones encuadradas en la ley de faltas y procesadas con orden de cumplir tareas comunitarias a cambio de la privación total o parcial de su libertad ambulatoria.

De los ocho casos, cuatro apelaron los dictámenes judiciales, lo que supone una prolongación del proceso mientras la Suprema Corte de Justicia da su palabra final en cada caso.

El argumento que se ha utilizado en estas cuatro apelaciones es que las sanciones de tareas comunitarias son inconstitucionales porque es una forma encubierta de trabajo forzado, argumentaron los abogados de los cuatro casos recurridos.

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