Deberán ser mayores de 18 años, ciudadanos naturales o legales (con tres años de ejercicio. No podrán ser funcionarios municipales ni haber sido destituidos de la función pública, o haberse acogido a retiros incentivados cuyas disposiciones indicaran la imposibilidad de reingreso.
Tampoco podrán participar los titulares de otro cargo remunerado en cualquier organismo del Estado, con excepciones de los cargos relativos a la función docente o pasividades, cuya acumulación está permitida por las leyes vigentes.