En caso de no utilizarse los U$S 15 millones para el fin indicado o de existir un remanente de dinero producto de las enajenaciones a realizarse, dichos montos sólo podrán ser destinados a otros fines previa autorización de la Junta Departamental, por la misma cantidad de votos afirmativos pronunciados en la desafectación y enajenación de inmuebles referidos en la presente resolución.
La resolución incluye una cláusula que establece que el Ejecutivo remitirá a la Comisión Permanente de Seguimiento de los Fideicomisos y Proyecto, Ejecución y Gestión del Centro de Congresos, creada en el ámbito de la Junta Departamental e integrada por 7 miembros de la misma (4 de la mayoría y 3 de las minorías), informes cuatrimestrales de ambos fideicomisos. Dicha comisión podrá solicitar ampliación de los informes y la documentación que entienda necesaria, que deberán ser remitidos dentro de un plazo máximo de quince días hábiles desde su solicitud.
Asimismo se decidió remitir a la Junta Departamental los dos contratos de fideicomisos a celebrarse, previo a su firma, en referencia al mencionado proyecto, al igual que el estudio complementario de factibilidad de construcción realizado por la Corporación Nacional para el Desarrollo para dicho centro de congresos, debiendo el mismo ser tenido en cuenta a los efectos de la elaboración y ejecución del Proyecto.
Por otra parte se decidió incluir en la redacción de contrato de fideicomiso con República AFISA, la obligatoriedad de que ésta remita a la Junta Departamental las tasaciones de los inmuebles realizadas por sus equipos técnicos y reparcelar los inmuebles citados.
A la dirección general de Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial en coordinación con la Dirección General de Asuntos Legales, se le encomienda elaborar un inventario de todas las propiedades de inmuebles de la intendencia existentes en el departamento de Maldonado, en un plazo de 180 días por el Art. 22 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
La Junta Departamental concedió la anuencia solicitada en sesión celebrada el día 9 de marzo de este año, remitiendo asimismo las actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República que en sesión de fecha 6 de abril de 2011 acordó “observar el proyectado Fideicomiso Financiero Inmobiliario de Maldonado, a celebrar con República AFISA”.
La Junta Departamental en sesión extraordinaria llevada a cabo el día 13 de julio pasado, rechazó las observaciones formuladas por el TCR, redactando en el considerando IV de su resolución, que las observaciones “no se ajustan al derecho vigente, contraviniendo directamente a lo dispuesto en el Artículo Nº 506 de la ley 18.362, siendo ésta última modificación efectuada al Artículo 33 del TOCAF. Por lo cual el negocio jurídico entre la Intendencia Departamental de Maldonado y República AFISA, está habilitado a texto expreso en la mencionada norma”.