Los vencimientos fijados para el pago del tributo serán: primera cuota el 29 de febrero, segunda cuota, el 31 de marzo, tercera cuota el 30 de abril y la cuarta cuota el 31 de mayo de 2012. El incumplimiento de una sola de las mensualidades hará perder el beneficio y se aplicarán las multas y recargos correspondientes.
Los titulares o apoderados deberán presenarse antes del 29 de febrero con una propuesta escrita donde se ofrezca a la Intendencia una contrapartida por el 50 % del valor financiado.
(fuente: IDM)