Realizadas las correspondientes indagatorias, y al ser averiguada nuevamente la presunta damnificada, terminó confesando, que el arrebato no había ocurrido.
La magistrada actuante dispuso el procesamiento sin prisión de la misma, de iniciales A.M.A.P., imputada en un delito de calumnias en concurrencia fuera de la reiteración, con un delito de apropiación indebida, imponiéndole como medida sustitutiva el arresto domiciliario total por un lapso de 60 días.-