En el extenso escrito de su demanda, la empresa afirma que la IMM actuó con “desviación de poder” al perjudicarla y favorecer a su contrincante. Para fundamentarlo, adjuntó notificaciones, información aportada por la propia intendencia y datos recabados por la investigadora de la Junta Departamental, entre otros documentos.
La demandante sostiene que la IMM toleró que Qualix Ecotecno realizara la recolección entre le 10 de diciembre del 2008 y junio del 2009 “en forma manual, con camiones recolectores y triciclos usados, introducidos en admisión temporaria, distintos a los ofertados en el plan de contingencia”, pero le pagó “como si fueran camiones nuevos levantacontenedores y lavacontenedores y utilizara los 3200 contenedores ofertados, cuando no había colocado ninguno”. Y también permitió que la nueva concesionaria cambiara el centro de operaciones ofertado, lo cual es violatorio del TOCAF.
En otro pasaje del escrito de su demanda, RAGSA afirma que la IMM pagó a Qualix a partir de diciembre de 2009 y hasta mayo de 2009, “sin que hubiera constituido la garantía de fiel cumplimiento, ni suscrito el contrato lo que recién se realiza el 13 de mayo de 2009”.
Más adelante agrega que en ese lapso “la Intendencia pagó $ 60 millones sesenta millones cuando Ramón C .Alvarez S.A. hubiera realizado mejor servicio, con contenedores y camiones levantacontenedores y lavacontenedores, por $ 20 millones menos. La IMM inexplicablemente le pagó a Qualix, violando la ley, un millón de dólares más.”
(lea el texto completo de la demanda en el Link Documentos)