Por esto el PE determinó que los supermercados serán agentes de retención de los impuestos a verter a la DGI por los mismos”.
La DGI publicó una nómina de dichos responsables, donde se “designa como agentes de retención a Macro Mercado, Tienda Inglesa, Disco, El Dorado, Tata y Devoto, entre otros”.
“La retención se realizará sobre todos los bienes que sean vendidos por cualquier proveedor a los supermercados establecidos por DGI siempre y cuando el importe de la factura por mes sea mayor a 30,000 UI”, aproximadamente $ 54.000, excluido el propio impuesto.
El importe de la retención es del 60% del IVA. Los supermercados deben declararlo y verterlo a la DGI al mes siguiente al que se hayan realizado las operaciones.
Por su parte los proveedores a quienes se les retuvo el impuesto tomaran el importe retenido como deducibles del monto a pagar de su liquidación mensual”.
La contadora Jazmín Goldenberg, explicó además que, hay otros aspectos a tener en cuenta. “El primero es la documentación, el supermercado a la hora de retener debe emitir un resguardo de acuerdo a las disposiciones vigentes para dichos documentos. Es muy importante que todos los proveedores cuenten con el resguardo y lo conserven debidamente.
El segundo es la vigencia de este régimen. Comenzó a regir desde el mes de febrero, por lo que los supermercados ya están reteniéndole a sus proveedores”.