Ante esta situación la mujer se pone en contacto con la dirección del colegio donde concurre el pequeño. Allí proceden a realizar una conversación de acercamiento y confianza con el niño, a través de un psicólogo, quien le devela los hechos. En ese momento se pone en conocimiento de la situación a las autoridades competentes.
El magistrado consideró que el indagado en reiteradas oportunidades, sin quitarle la ropa y estando el niño en la cama, lo sometía a la realización de actos obscenos diversos a la conjunción carnal. C. P. C. H. fue procesado por varios delitos de atentado violento al pudor, en calidad de autor. Respecto a la madre del menor, aún no se han logrado reunir los elementos de convicción suficientes que fundamenten un reproche penal en su contra.
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